Este beneficio que también se aplica en todo el país, después de la entrada en vigencia de la Ley 2277 de 2022, tiene como propósito brindar un alivio a los contribuyentes y al mismo tiempo que las administraciones departamentales y municipales puedan recuperar cartera morosa.
En entrevista con El Diario, Cruz Mary Galviz, directora de Fiscalización y Gestión de Ingresos de la Gobernación de Risaralda, manifestó que “Tenemos descuento del 50% en el pago de intereses de obligaciones vencidas que tienen los contribuyentes en Risaralda, ya sea por el impuesto vehicular, por registro u otro tipo de obligación con el departamento.
Para acogerse a este beneficio los contribuyentes pueden acercarse a las oficinas del pago de impuestos del primer piso en la Gobernación o en su defecto al cuarto piso de la Gobernación donde queda ubicada la Dirección de Fiscalización, allí les hacemos la liquidación correspondiente con el descuento mencionado en los intereses de mora”.
Es importante señalar que a este beneficio pueden acceder los contribuyentes a los que ya se les haya iniciado un proceso de cobro coactivo, el contribuyente tiene la posibilidad de efectuar el pago con el descuento y así desafectar o desembargar la cuenta correspondiente y además hacer un acuerdo de pago.
“Con este beneficio esperamos recaudar entre un 20 y un 30% de la cartera morosa del departamento”, acotó la Directora de Fiscalización y Gestión de Ingresos de la Gobernación de Risaralda.
Hay que recordar que el pago de los impuestos departamentales y municipales, son los que permiten efectuar inversiones en salud, educación, todo el tema social, así como las vías, entre otras.
Desde la Alcaldía
La Secretaria de Hacienda de Pereira, Dora Patricia Ospina Parra, señaló que “Quiero invitar a todos los contribuyentes que tengan pendiente el pago de sus impuestos de la vigencia 2022 y años anteriores a que consulten en el centro de atención oportuno sus estados de cuenta y revisemos si pueden aplicar a la tasa de interés moratorio reducida de la ley 2277 de 2022. Es importante que tengan en cuenta que tenemos solo hasta el 30 de junio del año en curso para realizar todo el trámite”.
Si el contribuyente va a cancelar el 100% de su impuesto (predial, industria y comercio, delineación urbana, plusvalía, sobretasa gasolina, degüello de ganado menor, alumbrado público, publicidad exterior visual), debe de acercarse al Centro de Atención Oportuno y solicitar la factura con el descuento aplicado, cancelarlo antes del 30 de junio de 2023. Adicionalmente debe de tener en cuenta que el beneficio solo aplica para las vigencias 2022 y anteriores y en el caso de tener acuerdo de pago vigente debe cancelar totalmente el impuesto y el 50% de la tasa de interés moratorio.
En caso de que el contribuyente requiera acogerse al beneficio y no tenga como pagar la totalidad del impuesto aún, puede solicitar en el Centro de Atención Oportuno un acuerdo de pago, pero siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones: La solicitud del acuerdo de pago debe de realizarse antes del 15 de mayo de 2023, debe de cancelar la cuota inicial que equivale al 30% en el mismo periodo. Durante el tiempo que perdure el acuerdo su tasa de interés se aplicará reducida, en caso de incumplimiento se le cobrará el 100% de la tasa y se considera incumplido el acuerdo cuando el deudor no paga 2 cuotas.