El gobernador no entregó declaraciones al respecto ya que no había sido notificado aún, sin embargo, el suceso fue aclarado por la Gerencia del San Jorge.
El Hospital San Jorge fue vinculado en dos actuaciones de acción de tutela a efectos de garantizar la realización de procedimientos clínicos especializados a dos personas, una de ellas dentro del radicado 27600-2023 que tramita del Juzgado Segundo Penal Municipal de Pereira y el otros mediante radicado 0149-2023 que tramita el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Belén de Umbría.
De esta forma se impuso la sanción de tres días de arresto y multa de cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes a María Elena Ruíz Guarín, exgerente del Hospital, y a Víctor Manuel Tamayo, Rodolfo Burgos, Jorge Humberto Echeverry, José Antonio Pinilla, Luis Alberto Martínez Gómez y a Víctor Manuel Castaño Cárdenas.
Dicha sanción aún no ha sido confirmada. Sin embargo, el juzgado advierte que deberá ser consignada con posterioridad a la notificación del auto que ordene cumplir lo resuelto por el
superior.
LOS HECHOS
Todo se debe, al parecer, porque en uno de los casos, ocurrido a finales del año pasado, Paula Yohana Hincapié Cardona sufrió un accidente de tránsito y como parte de la revisión médica el especialista solicitó una resonancia magnética de articulaciones del pie, cuello, rodilla y cadera. Sin embargo, desde el hospital habrían contestado que no contaban con esos servicios. La tutela que fue radicada por la paciente del pasado 22 de diciembre solicitaba que la mujer fue se remitida a otro centro de salud, pero no fue sino hasta el 3 de febrero de este año cuando iniciaron el proceso de remisión, “excusándose en que ninguna institución a la fecha, ha aceptado la remisión de la paciente”, dice el documento del Juzgado.
Para el abogado demandante, Miguel Mateo Ciro, se trata de un caso de vulneración de un derecho fundamental como es la salud.
Sin embargo, el gerente del Hospital San Jorge, el señor Javier Gaviria, indicó que, “en ambos casos se trata de procedimientos que la E.S.E. no tiene habilitados ni ofertados en su portafolio de servicios, de ahí que existe una imposibilidad formal y material de realizar los mismos al interior de la institución, situación que se puso de presente a los señores Jueces. Por tanto, no se trata de un caso de desidia o negligencia funcional o administrativa, pues realizar procedimientos que no están habilitados por la autoridad sanitaria es atentatorio dentro del marco legal vigente y expone a la entidad a sanciones por parte de las autoridades de inspección y vigilancia”.
Ante esta situación, el Hospital San Jorge asumió el costo de los procedimientos que uno de estos pacientes requiere, la atención para dicha persona inició el día de ayer. Una situación similar se presentó en el caso del segundo paciente, a quien con base en el mandato judicial, y de manera extraordinaria se dispuso la contratación de personal médico especializado para que realice el procedimiento que según la evolución clínica se requiere.
Por tal motivo, la E.S.E manifiesta que no se ha presentado en ningún momento la negación del servicio y que por el contrario fue este centro asistencial el que les brindó la atención primaria y ordenó la atención especializada posterior, que por habilitación y oferta no se efectúan en la institución.