Tribunal frena decreto del Gobierno que reordenaba afiliados de EPS y ponía a la Nueva EPS en el centro del traslado

Un nuevo revés judicial recibió el Gobierno nacional en su intento de reorganizar el aseguramiento en salud. El Tribunal Administrativo de Antioquia ordenó suspender de manera provisional el Decreto 182 de 2026, norma expedida por el Ministerio de Salud con la que se buscaba redistribuir millones de afiliados entre EPS y que, en la práctica, podía concentrar una porción considerable de esos usuarios en la Nueva EPS.

La decisión fue adoptada como medida cautelar de urgencia dentro de una acción popular que alertó sobre los riesgos que implicaría ejecutar esa reorganización mientras no existieran garantías suficientes para la atención de los pacientes. El tribunal concluyó que detener temporalmente la aplicación del decreto era menos gravoso que permitir su avance y enfrentar un eventual colapso en la prestación del servicio para millones de usuarios.

El caso se originó por una demanda ciudadana que cuestionó el traslado masivo de afiliados, especialmente hacia una EPS que ya se encuentra bajo intervención de la Superintendencia Nacional de Salud. Entre los argumentos expuestos se mencionaron el aumento de quejas, problemas financieros y una carga creciente de tutelas, factores que, según la acción judicial, hacían riesgoso entregarle una mayor concentración de usuarios a esa entidad.

Según el análisis judicial reseñado por medios nacionales, el decreto modificaba las reglas de operación territorial de las EPS y podía dejar a la Nueva EPS como único operador en 502 municipios del país. Esa situación impactaría regiones de distintos departamentos y afectaría de manera especial zonas donde la red de atención ya es frágil, lo que elevó la preocupación sobre la continuidad y oportunidad del servicio.

La controversia también giró alrededor de los criterios técnicos fijados por el Ministerio para determinar qué EPS podían seguir operando en cada territorio. El tribunal advirtió que varios de esos umbrales de participación no tenían un soporte metodológico claramente verificable y cuestionó, además, que no existiera una explicación suficiente sobre la capacidad real de la Nueva EPS para absorber un volumen tan alto de nuevos afiliados.

En esa línea, el fallo puso el foco en un problema adicional: el decreto contemplaba excepciones para no asignar usuarios al operador dominante cuando existiera otra EPS disponible, pero no resolvía adecuadamente qué ocurriría en los municipios donde ya no quedaba ninguna otra opción habilitada. Para el tribunal, ese vacío podía traducirse en un esquema restrictivo y excluyente, con consecuencias difíciles de revertir más adelante.

La suspensión provocó una inmediata reacción política. Uno de los primeros en pronunciarse fue el congresista Andrés Forero, del Centro Democrático, quien presentó la decisión como una derrota para el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, y celebró que la justicia hubiera frenado una medida que, según sus críticas, comprometía el derecho a la salud de millones de colombianos.

Por ahora, el decreto queda congelado mientras el proceso avanza hacia una decisión de fondo. En términos prácticos, el tribunal detuvo la puesta en marcha de una reforma administrativa que prometía cambiar el mapa de operación de las EPS en buena parte del país, pero que terminó envuelta en serias dudas por su impacto sobre la atención médica y la estabilidad del sistema.

SUSCRÍBETE A NUESTRO BOLETÍN INFORMATIVO

Para estar bien informado, recibe en tu correo noticias e información relevante.

 
- Publicidad -

LO ÚLTIMO

- publicidad -