Jurados remanentes también deberán presentarse en segunda vuelta

Los ciudadanos designados como jurados titulares o remanentes para la primera vuelta presidencial deberán cumplir nuevamente su función el próximo 21 de junio, cuando Colombia elegirá entre Iván Cepeda y Abelardo de la Espriella.

En la antesala de la segunda vuelta presidencial, prevista para el domingo 21 de junio, la Registraduría Nacional recordó la importancia de los jurados de votación, tanto titulares como remanentes, para garantizar el normal desarrollo de la jornada electoral.

Esta figura es clave dentro de la organización de los comicios, pues permite que las mesas de votación puedan instalarse y funcionar con normalidad, aun cuando alguno de los jurados principales no se presente por motivos de fuerza mayor.

De acuerdo con la Registraduría, los jurados remanentes son ciudadanos designados mediante resolución para reemplazar a los jurados titulares que no asistan el día de las elecciones. Al igual que los principales, deben presentarse a las 7:00 a. m. en el puesto de votación donde fueron asignados.

Los remanentes aparecen identificados en la denominada mesa cero del puesto de votación y esta información puede verificarse en la resolución de nombramiento o en el formulario E-1. Aunque no siempre terminan ejerciendo funciones en una mesa específica, su presencia es obligatoria, ya que quedan a disposición de los delegados de la Registraduría.

Al llegar al puesto de votación, el jurado remanente debe reportarse ante la autoridad electoral correspondiente. Si se registra la ausencia de algún jurado titular, podrá ser asignado para cumplir las mismas funciones de los principales: instalar la mesa, verificar la identidad de los votantes, entregar las tarjetas electorales, custodiar el material electoral, realizar el conteo de votos y diligenciar los formularios respectivos.

La designación como jurado de votación es de forzosa aceptación. Por eso, no recibir una notificación directa no exonera al ciudadano de prestar el servicio, pues la publicación de los listados en la página web de la Registraduría o en lugares públicos se considera una forma válida de notificación.

Quienes hayan sido designados y no se presenten sin una causa justificada se exponen a sanciones. Si se trata de servidores públicos, la consecuencia puede ser la destitución del cargo. Para los demás ciudadanos, la multa puede llegar hasta los 10 salarios mínimos legales vigentes.

La Registraduría también indica que los jurados solo pueden retirarse del puesto de votación cuando hayan terminado el escrutinio de mesa, entregado los votos y formularios al delegado correspondiente, y recibido los formularios que certifican el cumplimiento de su labor.

Con estas medidas, la organización electoral busca asegurar que la segunda vuelta presidencial se desarrolle con garantías, transparencia y continuidad operativa en todos los puestos de votación del país.

SUSCRÍBETE A NUESTRO BOLETÍN INFORMATIVO

Para estar bien informado, recibe en tu correo noticias e información relevante.

 
- Publicidad -

LO ÚLTIMO

- publicidad -