La Sala Plena de la Corte Constitucional declar? inexequible el art?culo 33 de la Ley 136 de 1994, que establec?a que, cuando el desarrollo de actividades mineras, tur?sticas o de otro tipo presentara un cambio significativo en el uso del suelo que diera lugar a la transformaci?n de actividades tradicionales del municipio, se deb?a realizar…
Reacciones en Risaralda al fallo de la Corte Constitucional sobre consultas populares
