Liliana Cardona Marín
Desde la vía central que del Parque Industrial conduce al Pital de Combia, se encuentra la vereda Alto Erazo y es desde uno de sus tramos donde se alcanza a ver que un muro construído para contener el lleno de un terreno se partió hace varios días, razón por la cual los vecinos de la parte baja pusieron la alerta en redes sociales para evidenciar que allí hay una situación por solucionar.
El muro de la emergencia
Carlos Alberto Osorio, quien compró la finca ‘El Hogar’, no se sintió a gusto con el tránsito de las personas por su propiedad, por lo que decidió hacer un cerramiento y construir un lleno para estacionar vehículos. Hace unos días y como afirma el señor Osorio: “A causa del temblor, el muro se partió, pero no afectó la propiedad vecina, porque todo cayó dentro de mi propia finca. Además, le construí a la comunidad otro paso que me costó $3 millones y ellos no lo quisieron utilizar, tengo todos los documentos de curaduría y los permisos que saqué con Sandra, la anterior corregidora”.
Antecedentes del problema
Los vecinos del Alto Erazo cuentan que transitar por el camino de servidumbre que tenían, fue tan natural para ellos que nunca se imaginaron que en 2021, casi 60 años después de utilizarlo no lo podrían hacer más a razón de la venta del predio por el que atravesaba el camino. El nuevo propietario frenó el tránsito por su finca y aunque los lugareños tienen otra vía de acceso, por este era por el que acceder a la tienda de abarrotes y al transporte público se facilitaba.
La visita de la corregidora
En la mañana de ayer y por inquietud propia, después de observar los videos que ruedan en la internet sobre el peligro inminente que significa la condición actual del muro, la corregidora de Combia Alta, Catalina Arenas llegó a la finca ‘El Hogar’, don Carlos le permitió el ingreso, tomó fotografías y constató la situación, por lo que vio la necesidad de enviar un oficio y solicitar una visita técnica de carácter urgente a la oficina de Gestión del Riesgo, para que visiten la zona afectada.
“En la Corregiduría no se ha recepcionado ninguna denuncia o queja con respecto a la situación, nadie se ha acercado a exponer el tema. Después del concepto técnico tomaremos las medidas pertinentes, según la Ley 1801 de 2016”, argumentó la funcionaria

La servidumbre y el Código Civil
En el artículo 883 aparece que ‘Las servidumbres son inseparables del predio a que activa o pasivamente pertenecen y en el 884, se aclara: ‘Dividido el predio sirviente no varía la servidumbre que estaba constituida en él, y deben sufrirla aquél o aquéllos a quienes toque la parte en que se ejercía. Así, los nuevos dueños del predio que goza de una servidumbre de tránsito, no pueden exigir que se altere la dirección, forma, calidad o anchura de la senda o camino destinado a ella’.
El común de los sentidos, que es el menos común entendería que Las servidumbres una vez que se imponen son obligatorias es decir, que la persona que compra un predio con servidumbre, queda sujeto a respetar esa servidumbre, respecto a la inseparabilidad de la servidumbre del predio y también se entendería que el artículo 905 ‘ indemnizar a su dueño o poseedor de los perjuicios que esta le cause’, aplica para nuevas servidumbres.
¿Qué le parece esta situación?
Félix Antonio Aguirre – habitante del sector
“Vivo acá hace más de 30 años. La gente buscaba la salida por acá, porque las tiendas están por este lado, era una sociedad del camino de toda la vereda”.
María Libia García – vecina en riesgo
“Esta casa era de mi mamá, solicitamos que nos presten ayuda. Esto no puede seguir, este señor hasta tumbó las luminarias que tenía la servidumbre, el camino que nos hizo es muy angosto y nos podemos rodar”.