El Gobierno nacional expidió el Decreto Legislativo 1382 del 9 de septiembre de 2026, una medida que amplía temporalmente las herramientas financieras, administrativas e institucionales de los municipios y departamentos afectados por el terremoto del pasado 10 de agosto.
La norma hace parte del paquete de decretos expedidos bajo el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica y busca que los territorios puedan obtener liquidez, reorganizar recursos y acceder a mecanismos de financiación para atender los daños ocasionados por el sismo y avanzar en la reconstrucción.
¿Qué podrán hacer las alcaldías y gobernaciones?
Una de las principales medidas permite que asambleas departamentales y concejos municipales reorienten temporalmente rentas, rendimientos y excedentes de recursos que no estén comprometidos, con el propósito de destinarlos a la atención de la emergencia y la recuperación de los territorios.
Esta facultad podrá utilizarse hasta el 31 de diciembre de 2027 y está limitada a los gastos relacionados con las consecuencias del terremoto. Las asignaciones protegidas directamente por la Constitución no podrán ser modificadas.
El decreto también permite contratar créditos de tesorería de hasta el 15 % de los ingresos corrientes de las entidades territoriales. Estos recursos buscan cubrir faltantes de liquidez y financiar gastos relacionados con la emergencia.
Recursos futuros también podrán respaldar la reconstrucción
Otra de las herramientas habilitadas es la posibilidad de titularizar hasta el 10 % de determinados flujos de ingresos tributarios futuros, con operaciones que pueden tener plazos de hasta 30 años.
En términos sencillos, los territorios podrán utilizar una parte de los ingresos que esperan recaudar en el futuro como respaldo para conseguir recursos destinados a proyectos de reconstrucción y recuperación económica.
La medida busca dar capacidad financiera a municipios que, por su limitada capacidad fiscal, tendrían dificultades para asumir por sí solos los costos de la reconstrucción.
¿Habrá alivios en los impuestos?
Sí, pero no son automáticos.
El decreto permite que las autoridades territoriales establezcan condiciones especiales para el pago de obligaciones tributarias, incluyendo acuerdos de pago por cuotas y sin intereses, así como posibles condiciones sobre capital, intereses y sanciones.
También se habilitan condiciones especiales para otorgar exenciones en impuestos como predial, Industria y Comercio (ICA) y delineación urbana a contribuyentes que hayan sufrido afectaciones directamente relacionadas con el terremoto.
Esto significa que el decreto nacional no perdona automáticamente las deudas de los ciudadanos. Cada municipio o departamento deberá adoptar las decisiones correspondientes mediante los mecanismos establecidos para su jurisdicción.
También podrán financiar obras mediante impuestos
La norma abre además la posibilidad de que las entidades territoriales utilicen mecanismos de obras por impuestos para cofinanciar proyectos destinados a recuperar o reponer infraestructura afectada, restablecer servicios esenciales y apoyar la recuperación económica y social.
Estas decisiones deberán pasar por las respectivas asambleas o concejos, de acuerdo con las competencias establecidas en el decreto.
No es una “chequera ilimitada”
El Gobierno ha insistido en que las nuevas facultades no significan que las administraciones locales puedan gastar sin restricciones.
La propia Presidencia explicó que el objetivo es “conseguir liquidez, anticipar recursos, facilitar el crédito, aliviar temporalmente las cargas tributarias, proteger la capacidad institucional y concentrar los recursos donde más hace falta”.
Además, las medidas están dirigidas exclusivamente a los territorios incluidos en el ámbito de la emergencia declarada por el terremoto del 10 de agosto, así como a aquellos que posteriormente sean incorporados por una afectación que pueda ser acreditada.
Una nueva ruta para la reconstrucción
El Decreto 1382 hace parte de un paquete de 11 decretos expedidos por el Gobierno para responder a la emergencia. Las medidas incluyen mecanismos de financiación, recuperación de infraestructura, energía, salud, educación y otras áreas estratégicas para la recuperación de las zonas afectadas.
Con estas herramientas, el Gobierno busca que las administraciones territoriales tengan mayor margen de maniobra para enfrentar los costos de la emergencia mientras avanza la reconstrucción. Sin embargo, el monto definitivo que requerirá este proceso todavía se encuentra en evaluación y los recursos no se desembolsan de manera automática: cada territorio deberá activar los mecanismos que correspondan y cumplir las condiciones establecidas en la norma.


