El viernes pasado en la ciudad cafetera estuvo el Ministro de Hacienda, José Manuel Restrepo, quien vino a conversar con agremiaciones y empresas sobre la Ley de Inversión, Social, llamada también reforma tributaria, pues son ellos quienes aportarán en mayor parte a la reactivación económica con una carga tributaria mayor.
El Diario aprovechó esta visita para preguntar sobre la aprobación del Presupuesto General de la Nación para el 2022 y de un artículo en particular que ha traído controversias en el mismo Congreso por el supuesto “mico” que allí fue aprobado.
Antes de hablar sobre lo dicho por el Ministro de Hacienda y Congresistas de la oposición al respecto de este tema, es bueno poner en contexto sobre cuál es el contenido del párrafo del artículo 38 de la ley 995 de 2005, conocida como la Ley de Garantías, que se derogó, según el ministro de manera temporal.
El título donde está el artículo es, “Participación en Política de los servidores públicos” y el artículo se llama “prohibiciones para los servidores públicos”, el primer párrafo del parágrafo fue el que se derogó en la aprobación del presupuesto, el cual dice “Los gobernadores, alcaldes municipales y/o distritales, secretarios, gerentes y directores de entidades descentralizadas del orden municipal, departamental o distrital, dentro de los cuatro (4) meses anteriores a las elecciones, no podrán celebrar convenios interadministrativos para la ejecución de recursos públicos, ni participar, promover y destinar recursos públicos de las entidades a su cargo, como tampoco de las que participen como miembros de sus juntas directivas, en o para reuniones de carácter proselitista.”.
El Diario le preguntó al Ministro de Hacienda cuál era el alcance de la derogación de este punto de la ley de Garantías, su respuesta fue, “nadie ha derogado ninguna Ley de Garantías, tiene más de 36 artículos que siguen vigentes, lo único que permite el artículo en el Presupuesto General de la Nación es la posibilidad de realizar convenios interadministrativos solo entre la Nación y el Ente Territorial, esto con el objetivo de propiciar la reactivación”, es cierto que esto no da luz verde para que los Entes territoriales suscriban contratos con otras entidades, el Ministro prosiguió, “en el territorio está haciendo falta la generación de empleo, hace falta inversión en infraestructura, en saneamiento básico, en agua potable, en escenarios deportivos, en vías terciarias, en obras para la prosperidad”; según Restrepo el dinero que entre de la Ley de Inversión Social y del Presupuesto General de la Nación debe llegar en este momento a los territorios, expresó que estas decisiones se tomaron por la situación atípica que se vive a causa de la pandemia donde el desempleo aumentó.
Por último, el Ministro manifestó “ hay que garantizar que esos procesos de contratación se hagan con criterios éticos y de integridad y cómo se logra, el propio Presupuesto de la Nación lo propone, primero, con publicación transparente a través del Secop, cada uno de nosotros va a poder ver esos contratos; segundo, tiene que haber un compromiso también de cumplimiento de pliegos tipo, es decir, los criterios de contratación de la ley 80 y tercero, se le incorporó una revisión y un control por parte de la Contraloría de la República.”
Qué dice la oposición

El Diario se comunicó con el senador Antonio Sanguino Paez, quien a la misma pregunta que se le hizo al Ministro de Hacienda contestó que la modificación parcial de la Ley de Garantías tiene varios inconvenientes, uno de ellos es “una enorme operación de clientelismo electoral porque la modificación que incorpora consiste en darle competencia a la Nación para celebrar convenios de inversión con los entes territoriales con las alcaldías y gobernaciones en plena época electoral que son precisamente los proyectos que gestionan los congresistas para llevarlos a sus regiones y con ello hacer clientelismo y al mismo tiempo hacer operaciones que terminan en hechos de corrupción, porque generalmente estas inversiones van acompañadas de los contratistas sugeridos por los congresistas que utilizan esta mermelada para reelegirse en las próximas elecciones”.

Mientras tanto el Representante a la Cámara, León Fredy Muñoz, sobre el mismo tema le dijo a El Diario, “En víspera de elecciones los congresistas gestionaban recursos para los entes territoriales,como una cancha deportiva o un centro cultural, los mandatarios empiezan a decir gracias al congresista, al Gobierno Nacional; todos los gobiernos tienen partidos políticos, entonces, a quién le van a agradecer toda la gestión que llega a los entes territoriales, primero al Gobierno Nacional, segundo, a los congresistas aliados al Gobierno. Mermelada que van a poner en función de las campañas porque lo van a poder hacer hasta el último día de elecciones, esa es la naturaleza de la Ley de Garantías evitar eso, era lo que se pretendía con la Ley de Garantías”
En lo jurídico
El Diario consultó con Julián Felipe Rodas Ceballos, abogado constitucionalista, sobre la reforma de la Ley de Garantías y el proceso que se le dio, al respecto afirma que el debate más que estar en el inciso que fue derogado, está en el trámite que se le dio para su derogación, “una Ley de Presupuesto no puede modificar una Ley Estatutaria, porque esto va a llegar a una demanda de inconstitucionalidad y por ende a una declaración de inexequibilidad; nuestro marco normativo está concebido de una manera jerárquica, hay unos niveles y la Ley Estatutaria está por encima de la Ley de Presupuesto, además los trámites son distintos”.
El Congreso y la Constitución Política tienen determinado dentro de las normas, qué trámite se debe llevar a cabo para cada tipo de Ley, de igual manera manifiestan que de la misma manera en que se crea una ley, de esa misma manera se debe modificar; sin embargo, las elecciones están a pocos meses de realizarse y por más que esta Ley sea demandada por ser inconstitucional, pasarán las elecciones antes de que la Corte Constitucional se pronuncie al respecto.