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sábado, septiembre 30, 2023

Corte confirma sanción contra el obispo de Sonsón-Rionegro por negarse a entregar datos de sacerdotes implicados en pederastia

La Corte Suprema de Justicia ratificó la sanción impuesta al obispo de Sonsón-Rionegro, Fidel León Cadavid Marín, quien se negó a entregar información sobre sacerdotes presuntamente involucrados en casos de pederastia. La acción de tutela interpuesta por el obispo para revertir los fallos que lo reprocharon fue negada por el alto tribunal.

El caso se remonta a diciembre de 2021, cuando el periodista Juan Pablo Barrientos inició una investigación sobre presuntos abusos sexuales cometidos por miembros de la Iglesia Católica contra niños y adolescentes. Barrientos presentó varias solicitudes a distintas diócesis del país, entre ellas la de Sonsón-Rionegro, solicitando información sobre 485 sacerdotes presuntamente implicados en casos de pederastia.

Sin embargo, la diócesis de Sonsón-Rionegro se negó a proporcionar detalles sobre las denuncias, la identidad de los religiosos implicados y el estado de los procesos judiciales, alegando que parte de ella era reservada o privada. Ante esta negativa, Barrientos interpuso una acción de tutela invocando el derecho a la información, que fue concedida en marzo de 2022 por el Juzgado Segundo Penal Municipal de Rionegro. No obstante, la diócesis se negó a complementar la información solicitada, lo que llevó al periodista a presentar un incidente de desacato.

Tras varias decisiones judiciales, el 23 de marzo de 2023, el Juzgado Segundo Penal Municipal de Rionegro dictó una sanción contra el obispo Fidel León Cadavid Marín, imponiéndole arresto domiciliario por dos días y una multa equivalente a tres salarios mínimos. Ante esta determinación, la diócesis presentó una nueva acción de tutela en abril de 2023 para intentar revocar las sanciones impuestas.

La Corte Suprema de Justicia asumió el estudio de este último recurso y revisó detenidamente los antecedentes del caso, incluyendo los autos que fundamentaron el incidente de desacato. En su decisión, la Corte Suprema concluyó que las autoridades judiciales no incurrieron en ningún defecto y negó las pretensiones de la diócesis y el obispo para revertir la sanción.

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