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miércoles, marzo 22, 2023

Aumentan vida útil de los vehículos de transporte público

Es importante mencionar que la medida no cobija a todos los vehículos que prestan el servicio público de transporte terrestre de pasajeros por carretera, mixto y colectivo, solo aplica para los vehículos de transporte público de pasajeros por carretera, colectivo, que operen a nivel metropolitano, distrital, municipal y mixto, matriculados antes del 31 de diciembre de 2020 y que estén dentro del tiempo de vida útil máxima o del plazo a reponer, que hayan cumplido su vida útil entre el 12 de marzo de 2020 y la fecha de promulgación de la Ley, es decir el 25 de enero de 2022.

Estos automotores tendrán una ampliación de 4 años en su vida útil, contados a partir del cumplimiento de su vida útil o del plazo para su reposición.

La medida beneficiará a 24.562 de los 24.924 vehículos activos en la modalidad de Transporte Público en todo el país; cifra que corresponde a un 99% de estos vehículos. En el caso del Transporte Público Mixto, es decir, de pasajeros que viajan con su mercancía, de los 3.156 vehículos activos en la modalidad, 3.148 recibirán el beneficio, lo que representa un 99,7% del total.

 

Rutas

La Ley también contempla cambios en los recorridos de las rutas que permitirán aprovechar al máximo la nueva infraestructura vial con que cuenta el país. En este caso, la modificación de una ruta existente con la finalidad de utilizar las nuevas infraestructuras viales no será considerada como nueva, si obedece a la posibilidad de aprovechar nuevas infraestructuras viales como variantes o tramos nuevos que conecten el mismo origen y destino.

Por otra parte, se previó que las empresas habilitadas que estén interesadas en ofrecer nuevas rutas podrán solicitar y obtener el respectivo permiso a partir de la evaluación, que, bajo su propio riesgo, realicen sobre la existencia de una potencial demanda. En todo caso, debe verificarse que hay inexistencia de oferta autorizada y que no hay superposición total o parcial con alguna ruta previamente autorizada.

Otra noticia positiva para quienes prestan el servicio de transporte terrestre mixto (pasajeros que transporten su mercancía o carga) es la entrada en operación de cuatro nuevos tipos de vehículos, adicionales a los previstos en el artículo 2 de la Ley 769 de 2002. Se trata de la buseta de servicio mixto, camioneta cerrada de servicio mixto, campero y microbús de servicio mixto, lo cual permite a los transportadores ser más competitivos con una capacidad intermedia, que antes no hacía parte de esta modalidad, además de brindar un servicio más confortable para los usuarios.

 

Pie de foto: Por su ubicación geográfica, Risaralda es uno de los departamentos del país por donde más circulan vehículos de transporte público terrestre de pasajeros.

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