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miércoles, marzo 22, 2023

Victoria Rojiamarilla que cae muy bien

La Superintendencia de Sociedades, acorde con las exigencias de transparencia de los mercados internacionales y los compromisos de Colombia como miembro de la OCDE, impone a los empresarios el diseño e implementación de dos programas, el Sistema de Autocontrol y Gestión Integral de Riesgos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (Sagrilaft) y el Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE).

Por lo anterior, cada vez son más las empresas del Eje Cafetero, que se convierten en sujetos obligados a adoptar estos programas y de no hacerlo puede representar sanciones administrativas hasta por $ 200 millones.

Para el Sagrilaft, la obligación surge cuando a diciembre 31 de año anterior, la empresa registra ingresos o activos iguales o superiores a los 40.000 SMMLV. La normatividad contempla además un régimen de medidas mínimas para empresas con menores ingresos.
Para los dos casos, cuando se convierten en sujeto obligado, el plazo para el cumplimiento es el 31 de mayo, de acuerdo a la circular externa No. 100-000016 de 24 de diciembre de 2020 de Supersociedades.

PEET

El Programa de Transparencia y Ética Empresarial es obligatorio para las empresas que cumplan con los siguientes criterios: ingresos o activos iguales o superiores a los 30.000 salarios y operaciones internacionales igual o superiores a 100 SMMLV a 31 de diciembre del año anterior; estas empresas deben gestionar el riesgo de soborno transnacional.

Para las empresas que cumplan con el anterior requisito de activos o ingresos y que hayan celebrados contratos estales desde los 500 SMMLV, deben gestionar el riesgo de corrupción. Si la empresa cumple con los dos criterios, su Programa de Transparencia y Ética Empresarial debe gestionar ambos riesgos, soborno y corrupción nacional.

De acuerdo con la experta en estos programas y directora ejecutiva de Compliance Risk And Law (CRL Legal), Diana Marcela Rivera Restrepo, indicó que nunca antes las empresas en el desarrollo de sus actividades, estaban enfrentadas a un mercado con tantos riesgos legales, reputacionales, cibernéticos, operacionales, financieros, de lavado de activos, de contagio, entre otros, estos programas se convierten en la mejor herramienta para evitar la materialización de estos riesgos.

Agregó además que estos programas contemplan responsabilidades y funciones no solo para el Oficial de Cumplimiento, que es el encargado de velar porque dichos programas sean adoptados de manera eficiente en la empresa, sino también para el representante legal, miembros de junta directiva y revisores fiscales.

Oficial de cumplimiento
Es un cargo de alto rango dentro del organigrama de la empresa, que reporta directa y periódicamente a la Alta Dirección, encargado de acompañar y recomendar en la implementación, el desarrollo, la ejecución, la difusión, el funcionamiento, la vigilancia y el control de estos dos programas.

Formación
Conscientes de la necesidad de formar a los profesionales del eje cafetero en estos nuevos retos, la Cámara de Comercio de Pereira en alianza con CRL Legal, realizan el primer diplomado en Compliance, donde a través de una comprensión de la normatividad y una formación práctica, introducen a los empresarios y profesionales del Eje Cafetero, en estos temas de vanguardia que llegaron para quedarse.

Para estar informado

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