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Para conseguir el perdón de los pecados de los Años Santos Compostelanos debe acudir a la Catedral de Santiago con espíritu devoto.
El Año Jacobeo o Año Santo Compostelano es aquel en el que la festividad de Santiago, 25 de julio, cae en domingo. La Iglesia Católica decreta que, en Año Santo y cumpliendo ciertos requisitos, se puede alcanzar la Indulgencia Plenaria (que es, en pocas palabras, el perdón de todos los pecados incluidos los mortales).
Esta Indulgencia es aplicable a los difuntos. Años Santos son 2004, 2010 y 2021.Para conseguir el perdón de los pecados de los Años Santos Compostelanos debe acudir a la Catedral de Santiago con espíritu devoto (no es necesario ir a pie o en bicicleta), rezar en su interior y celebrar los sacramentos de la Eucaristía y la Penitencia en el plazo de quince días anterior o posterior a la visita a la Catedral.
No es necesario pasar por la puerta Santa o el abrazo a la figura de Santiago, aunque son tradiciones arraigadas.
Año Santo Jacobeo de 2010 es muy significativo porque supone el fin de un ciclo que ha sido especialmente relevante por el número de peregrinos que han realizado el Camino de Santiago durante todo el periodo. Debido a los años bisiestos, el 25 de julio, fiesta del Apóstol Santiago, coincide en domingo cada 11, 6, 5, 6 y de nuevo 11 años. Por ello, no habrá un nuevo Jacobeo hasta 2021.
El presente Año Santo es una ocasión única para celebrar que el Camino es más que nunca, como afirma el Premio Príncipe de Asturias a la Concordia concedido en 2004, un lugar de peregrinación y de encuentro entre personas y pueblos que, a través de los siglos, se ha convertido en símbolo de fraternidad y vertebrador de una conciencia europea.
El Consejo Jacobeo celebra este acontecimiento con un programa conjunto de actividades culturales a lo largo del Camino de Santiago. Por otra parte, en la reunión del Pleno del Consejo Jacobeo celebrada el 15 de enero de 2008 en Santiago de Compostela, se acordó promover la declaración del Año Santo Jacobeo 2010 como acontecimiento de excepcional interés público a los efectos de la aplicación de beneficios fiscales.
En la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009 se establece esta consideración, con una duración del programa de apoyo que comprende desde el 1 de enero de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2010 .
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