“Las empresas de servicios públicos domiciliarios sólo pueden cobrar en las facturas lo relacionado con la prestación efectiva del servicio que ofrecen. Si desean realizar otros cobros en la factura deben contar con la autorización expresa del usuario”, advirtió la Superintendencia de Servicios Públicos.
La entidad explicó que hace la aclaración ante el incremento de las quejas de usuarios.
“Los usuarios aseguran que algunas empresas quieren obligarlos, bajo la amenaza de cortarles el servicio público, a pagar el costo de los electrodomésticos o seguros que les han vendido”, puntualizó.
La Superintendencia reiteró que los usuarios pueden exigir a la empresa que separé con total claridad el cobro del servicio público para que el usuario lo pueda cancelar aparte de los valores adicionales. Agregó que “la empresa tiene la obligación de separar estos conceptos. No se puede amarrar el pago de otras obligaciones a la del servicio público. Si la empresa insiste en el cobro unificado de estos compromisos podría recibir las sanciones que la ley contempla”.
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